Partiendo de la constatación que, en el actual discurso público, se denota un empleo indiscriminado, incluso por parte de los juristas, de las expresiones derechos, derechos del hombre y derechos fundamentales, la A. pretende explicar este dato como un síntoma que evoca trazas de la argumentación de la “naturaleza de las cosas” en los ordenamientos jurídicos actuales. Ya se trate del derecho a la orientación sexual, o del derecho a la procreación medicamente asistida sin límites, o del derecho a una muerte digna – tanto para nombrar algunos de los temas más debatidos últimamente en muchos ordenamientos – el lenguaje empleado esconde siempre una ambigüedad de fondo, ya que confunde los derechos con los simples deseos subjetivos, que se demuestran, en cambio, como impulso de una legítima lucha política por el reconocimiento de una normativa que los tenga en cuenta como derechos. En efecto, las controvertidas argumentaciones difundidas, tanto a nivel científico como político, sobre los temas caracterizados por una fuerte connotación ética, implican una concepción específica (del fundamento) de los derechos evocados, que no siempre se explicita. En este ensayo, la A. pretende hacer emerger dichas concepciones con el objetivo principal de indicar cómo el rechazo difundido de la doctrina pura del derecho – por la necesidad de satisfacer las pretensiones de justicia material, incluso contra los ordenamientos jurídicos positivos– llevará inevitablemente a la revalorización de la argumentación ambigua de la “naturaleza de las cosas”, aunque dicha revalorización se lleve a cabo de forma oculta, ya que no conviene nombrarla explícitamente en los ordenamientos modernos.. La A. afronta dichos temas partiendo del ferviente debate que se está llevando a cabo sobre el tema del reconocimiento jurídico de la unión homosexual.

Derechos e interpretación: la argumentación ambigua de “la naturaleza de las cosas” en la jurisprudencia constitucional italiana y la cuestión del reconocimiento jurídico de la unión homosexual

MASSA PINTO, Ilenia
2014-01-01

Abstract

Partiendo de la constatación que, en el actual discurso público, se denota un empleo indiscriminado, incluso por parte de los juristas, de las expresiones derechos, derechos del hombre y derechos fundamentales, la A. pretende explicar este dato como un síntoma que evoca trazas de la argumentación de la “naturaleza de las cosas” en los ordenamientos jurídicos actuales. Ya se trate del derecho a la orientación sexual, o del derecho a la procreación medicamente asistida sin límites, o del derecho a una muerte digna – tanto para nombrar algunos de los temas más debatidos últimamente en muchos ordenamientos – el lenguaje empleado esconde siempre una ambigüedad de fondo, ya que confunde los derechos con los simples deseos subjetivos, que se demuestran, en cambio, como impulso de una legítima lucha política por el reconocimiento de una normativa que los tenga en cuenta como derechos. En efecto, las controvertidas argumentaciones difundidas, tanto a nivel científico como político, sobre los temas caracterizados por una fuerte connotación ética, implican una concepción específica (del fundamento) de los derechos evocados, que no siempre se explicita. En este ensayo, la A. pretende hacer emerger dichas concepciones con el objetivo principal de indicar cómo el rechazo difundido de la doctrina pura del derecho – por la necesidad de satisfacer las pretensiones de justicia material, incluso contra los ordenamientos jurídicos positivos– llevará inevitablemente a la revalorización de la argumentación ambigua de la “naturaleza de las cosas”, aunque dicha revalorización se lleve a cabo de forma oculta, ya que no conviene nombrarla explícitamente en los ordenamientos modernos.. La A. afronta dichos temas partiendo del ferviente debate que se está llevando a cabo sobre el tema del reconocimiento jurídico de la unión homosexual.
2014
30
71
102
derechos; jurisprudencia constitucional italiana; unión homosexual
I. Massa Pinto
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