En las primeras etapas de la vida y durante la infancia, los niños y las niñas necesitan recibir, de sus padres y madres o de sus cuidadores principales, protección para su adecuado desarrollo y educación. Es en esta etapa cuando se desarrollan vínculos emocionales estrechos que contribuyen a formar una base sólida sobre la cual se construye la identidad y las formas de enfrentarse al mundo (Bowlby, 1988). Como se puede apreciar, sobre todo los/as niños/as más pequeños/as, son particularmente sensibles a las separaciones de sus padres y madres por su dependencia física y la necesidad de mantener el vínculo afectivo existente con la figura parental. Conscientes de la importancia de vivir en familia, la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) de Naciones Unidas (1989) en su artículo 9 afirma: “Ningún niño o niña debe ser separado de sus padres, a menos que sea absolutamente necesario para tu bienestar. En el caso de que tu padre y tu madre estén separados, tienes derecho a mantener contacto con ambos fácilmente” (Convention on the Rights of the Child, n.d.). Las circunstancias de pérdida de contacto se hacen relevantes en el contexto de los niños y de las niñas que tienen un padre o madre o ambos privados de libertad (Turney, 2016). Según la organización “Children of prisioner Europe”, red europea de proyectos a favor de este colectivo, existirían en Europa más de 2.1 millones de niños y niñas con un padre, madre u ambos en prisión. (consultado en página web de Children of prisioner europe). Generalmente el derecho de los niños y las niñas a tener un contacto con sus padres o madres no se toma en consideración cuando estos se encuentran cumpliendo una condena en prisión (Robertson, 2007). Se ofrece un régimen limitado de visita con familiares pero que presentan diferentes lagunas a la hora de llevarlo a la práctica produciendo el resultado de que el contacto sea escaso o en muchos casos nulo. Las consecuencias de tener un padre o madre en prisión son particularmente dolorosas para los niños y las niñas menores de edad y puede causar efectos negativos en su desarrollo biopsicosocial: trastorno de la alimentación y del sueño, mayor riesgo de maltrato y abuso infantil, abandono, depresión, etc. (Cortázar et al., 2015) Por esta razón el Consejo de Europa ha solicitado a los Estados Miembros aumentar los esfuerzos y que sean flexibles en la aplicación de las normas que regulan el contacto familiar de las personas encarceladas para asegurar que el niño o la niña mantenga relaciones personales y un contacto directo con sus progenitores (Committee et al., 2018). La recomendación recuerda que “los niños y las niñas con padres y madres encarcelados tienen los mismos derechos que los demás niños y niñas”, siempre que este contacto no sea perjudicial o vaya en contra del interés superior del menor. En el año 2017 la Asociación Hestia ha impulsado en Canarias un programa denominado “Padres y madres sin barreras” para la promoción de la Parentalidad Positiva en padres y madres con privación de libertad. Dicho programa se propone a través de una metodología experiencial e intervención a múltiples niveles: grupal, individual, familiar, comunitario e institucional, con el fin de favorecer el mantener, recuperar o reforzar los vínculos parentales durante la condena trabajando expectativas de futuro de cara a una exitosa reintegración familiar y social. Harrison (1997), encontró una reincidencia baja (2-4%) en los internos a los que se les permitió mantener relaciones con las familias. Con este artículo nos proponemos como objetivo analizar algunos aspectos: qué ocurre con los contactos con los/las hijos/as cuando sus padres y madres están en prisión, quién se queda a su cuidado en el exterior y cómo es la calidad de la relación entre las partes (padre o madre y cuidador/a externo/a) y si estarían interesados en participar en un programa de educación parental que mejore la relación con sus hijos e hijas.

Padres y madres privados de libertad: el reto de mantener el contactos con los/as hijos/as.

Graziano Pellegrino
First
2022-01-01

Abstract

En las primeras etapas de la vida y durante la infancia, los niños y las niñas necesitan recibir, de sus padres y madres o de sus cuidadores principales, protección para su adecuado desarrollo y educación. Es en esta etapa cuando se desarrollan vínculos emocionales estrechos que contribuyen a formar una base sólida sobre la cual se construye la identidad y las formas de enfrentarse al mundo (Bowlby, 1988). Como se puede apreciar, sobre todo los/as niños/as más pequeños/as, son particularmente sensibles a las separaciones de sus padres y madres por su dependencia física y la necesidad de mantener el vínculo afectivo existente con la figura parental. Conscientes de la importancia de vivir en familia, la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) de Naciones Unidas (1989) en su artículo 9 afirma: “Ningún niño o niña debe ser separado de sus padres, a menos que sea absolutamente necesario para tu bienestar. En el caso de que tu padre y tu madre estén separados, tienes derecho a mantener contacto con ambos fácilmente” (Convention on the Rights of the Child, n.d.). Las circunstancias de pérdida de contacto se hacen relevantes en el contexto de los niños y de las niñas que tienen un padre o madre o ambos privados de libertad (Turney, 2016). Según la organización “Children of prisioner Europe”, red europea de proyectos a favor de este colectivo, existirían en Europa más de 2.1 millones de niños y niñas con un padre, madre u ambos en prisión. (consultado en página web de Children of prisioner europe). Generalmente el derecho de los niños y las niñas a tener un contacto con sus padres o madres no se toma en consideración cuando estos se encuentran cumpliendo una condena en prisión (Robertson, 2007). Se ofrece un régimen limitado de visita con familiares pero que presentan diferentes lagunas a la hora de llevarlo a la práctica produciendo el resultado de que el contacto sea escaso o en muchos casos nulo. Las consecuencias de tener un padre o madre en prisión son particularmente dolorosas para los niños y las niñas menores de edad y puede causar efectos negativos en su desarrollo biopsicosocial: trastorno de la alimentación y del sueño, mayor riesgo de maltrato y abuso infantil, abandono, depresión, etc. (Cortázar et al., 2015) Por esta razón el Consejo de Europa ha solicitado a los Estados Miembros aumentar los esfuerzos y que sean flexibles en la aplicación de las normas que regulan el contacto familiar de las personas encarceladas para asegurar que el niño o la niña mantenga relaciones personales y un contacto directo con sus progenitores (Committee et al., 2018). La recomendación recuerda que “los niños y las niñas con padres y madres encarcelados tienen los mismos derechos que los demás niños y niñas”, siempre que este contacto no sea perjudicial o vaya en contra del interés superior del menor. En el año 2017 la Asociación Hestia ha impulsado en Canarias un programa denominado “Padres y madres sin barreras” para la promoción de la Parentalidad Positiva en padres y madres con privación de libertad. Dicho programa se propone a través de una metodología experiencial e intervención a múltiples niveles: grupal, individual, familiar, comunitario e institucional, con el fin de favorecer el mantener, recuperar o reforzar los vínculos parentales durante la condena trabajando expectativas de futuro de cara a una exitosa reintegración familiar y social. Harrison (1997), encontró una reincidencia baja (2-4%) en los internos a los que se les permitió mantener relaciones con las familias. Con este artículo nos proponemos como objetivo analizar algunos aspectos: qué ocurre con los contactos con los/las hijos/as cuando sus padres y madres están en prisión, quién se queda a su cuidado en el exterior y cómo es la calidad de la relación entre las partes (padre o madre y cuidador/a externo/a) y si estarían interesados en participar en un programa de educación parental que mejore la relación con sus hijos e hijas.
2022
Justicia social Género e intervención socioeducativa. Medio Penitenciario y contextos delictivos
PIRÁMIDE
Ediciones Universitarias
1
273
282
978-84-368-4450-4
Graziano Pellegrino
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Utilizza questo identificativo per citare o creare un link a questo documento: https://hdl.handle.net/2318/1877523
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